´´DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD incoada por el ciudadano: JACKSÓN YAIR TORREALBA GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.144.832, contra la ciudadana: MARISER COROMOTO TORREALBA ARAUJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.891.567, en consecuencia, queda impugnada la filiación solicitada.
SEGUNDO: Corolario a lo anterior, en lo sucesivo al accionante ciudadano JACKSÓN YAIR TORREALBA GIL, será identificado con sus dos nombres JACKSÓN YAIR y sus dos apellidos materno GIL MARQUEZ, siendo su identificación completa JACKSÓN YAIR GIL MARQUEZ.
TERCERO: Se ORDENA oficiar a la Oficina.....