Con relación a las pruebas contenidas en el Capitulo II, atinentes a las documentales y la oposición formulada por la parte demandada a las documentales atinentes a los numerales que van del 5 al 15, ambos inclusive, 20, 21, 22, y 26 al 44, ambos inclusive, el Tribunal por cuanto considera que analizar en esta fase del juicio los supuestos en los que basa la representación judicial de la parte demandada su oposición, implicaría adelantar opinión respecto al fondo de lo debatido, hechos estos controvertidos, por lo que tales alegatos se considerarán al dictarse la sentencia de merito, razón por la cual, este Tribunal desecha la oposición presentada por la parte demandada y admite las pruebas documentales promovidas en el capítulo II, por no ser ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. Así se decide.
En cuanto a las testimoniales promovidas en el Capitulo III, del escrito de pruebas, y la oposición formulada a las mismas, este Juzgado a los fin.....