Como consecuencia de lo expuesto y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por intimación y estimación de honorarios profesionales incoaran los ciudadanos DIEGO F. MEJIAS C. y DOUGLAS JOSÉ RIVAS ORTEGA, abogados en ejercicio, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 23.119 y 59.901, respectivamente, contra las ciudadanas LUISA JEANETH CAÑONGO, ANGELA MIGDALIA CRESPO VILLALTA, MARIA CECILIA LASSO DE VIVAS, ARELIS CATALINA ARAUJO SANTAELLA, REINA ALEJANDRIA PIÑANGO GALLARDO y JASMIN DE JESUS MADRIZ DE LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.130.596, V-4.825.856, V-23.616.951, V-5.424.196, V-5.613.493 y V-4.355.459, respectivamente.
De conformidad con lo previsto en el artículo .....