De conformidad a lo previsto en esta última norma referida, este Juzgado DECLINA LA COMPETENCIA para tramitar la ACCION MERO DECLARATIVA, formulada por la ciudadana DEISIS ANTONIA OBANDO OVANDO, ya identificada, en las Salas de Juicio de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena remitir el expediente completo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, para que la Sala a la cual corresponda, tramite la Solicitud referida. Líbrese oficio.