IV.- DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 27.10.2006 por el abogado Nelson Cornieles Romanace, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, ciudadano LUIS ENRIQUE MAITA, contra el auto de fecha 26.10.2006 (f. 62), proferido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la admisión de la presente querella interdictal de restitutoria seguida por la parte apelante contra los ciudadanos ALBERTO ENRIQUE LIBERAL MARTÍNEZ, DEIFA ALCÁNTARA de LIBERAL, GLADYS ALCÁNTARA y DIANA OSORIO ALCÁNTARA.
SEGUNDO: INADMISIBLE la presente querella interdictal restitutoria.....