Seguidamente la ciudadana Juez en cumplimiento de su misión pasa a leer en alta y viva voz el contenido del Mandamiento de Ejecución mediante el cual se ordena: "...que se dé efectivo cumplimiento a la medida cautelar de innominada, decretada por este Órgano Jurisdiccional mediante decisión dictada en esta misma fecha, en el expediente contentivo de la solicitud de medida cautelar de ocupación, administración, aprovechamiento y uso, formulada por los abogados Carmen Leticia González Perdomo, Birmani Arvani Contreras Marín, Luz María Quevedo Romero y otros, inscritos en el inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros, 107.852, 110.520 y 77.218, respectivamente, actuando con el carácter de sustitutos de la Procuraduría General de la República en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL, respecto a los bienes de la "Cantera Nacional", presuntamente propiedad de la Sociedad Mercantil CANTERA NACIONAL, C.A., constituidos por: 1) Un lote de terreno con una superficie aproximada de.....