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Decisiones del dia 19/02/2013 |
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N° Expediente :
AP31V2010001196
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/02/2013 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: CONDOMINIOS BRICEÑO C.A VS.JOSE LUIS PEREZ GUTIERREZ |
Resumen:
V
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA), intentada por la Sociedad Mercantil CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A. contra el ciudadano JOSE LUIS PEREZ GUTIERREZ, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: A pagar a la parte actora la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs.4.563,70), por concepto de las planillas condominio insolutas correspondientes a los meses que van desde diciembre de 2004 a julio de 2008, ambos inclusive, generadas por el inmueble del cual es propietario identificado como: apartamento distinguido bajo el Nro. 4, ubicado en el edificio "RESIDE.....
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Juez/Ponente:
Flor Briceño
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Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente :
AP11-M-2013-000074
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/02/2013 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL VS. OFICINA TECNICA PROINCA,C.A. |
Resumen:
TERCERO: La cantidad de Cuarenta y Un Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro Bolívares con Cincuenta y Un Céntimos (Bs.F. 41.864,51), por concepto de recargo en caso de mora del tres por ciento (3%) anual calculados sobre el saldo del pagaré desde el 17 de julio de 2012, exclusive, fecha del último abono a capital e intereses, hasta el 13 de febrero de 2013, inclusive, fecha de la presentación de la demanda. CUARTO: La cantidad de Seiscientos Ochenta y Nueve Mil Cuatrocientos Nueve Bolívares Fuertes con Diecinueve Céntimos (Bs.F. 689.409,19), por concepto de costas prudencialmente calculadas por este Tribunal en un VEINTICINCO POR CIENTO (25%). Igualmente se le advierte que si no paga o acredita haber pagado o formula oposición dentro del lapso antes señalado se procederá a la Ejecución Forzada de conformidad con lo previsto en el Artículo 647 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de intimación y anéxense a la misma copia certificada del escrito libelar y del presente decreto i.....
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Juez/Ponente:
Angel Eduardo Vargas Rodriguez
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Organo:
Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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