DISPOSITIVA
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de Ley, Procede a impartir la HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES involucradas en esta demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoada por el ciudadano José Gregorio Flores Blanco contra la entidad de trabajo Seguridad Global Segloca C. A., signada con la nomenclatura alfanumérica Nº AH22-L-2023-000175, (asunto nuevo antiguo Nº AP21-L-2023-000886), ambas partes suficientemente identificadas en autos, dándole efecto de COSA JUZGADA, dejando constancia que el lapso de cinco (5) días hábiles siguientes para que las partes puedan ejercer las defensas legales a que diera lugar, comenzará a partir del día hábil siguiente al de hoy, exclusive, y una vez ve.....