Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la oposición a la medida de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 10 de marzo de 2015, 2° del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil y practicada en fecha Juzgado Décimo Sexto Ordinario y Ejecutor de Medidas preventivas y Ejecutivas de esta Circunscripción Judicial, efectuada por la parte demandada PLAVICA VEN, C.A.,en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO intentó en su contra los ciudadanos CELSO ALBERTO ARDILA RODRÍGUEZ y ALFONSO ENRIQUE QUINTERO, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
SEGUNDO: Se revoca la medida de secuestro en cuestión y se ordena la restitución a la parte accionada, PLAVICA VEN, C.A., de los inmuebles secuestrados constituido por.....