Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado: FUENTES FREDDY JOSÉ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.388.290, por no llenar los requisitos exigidos en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal