ón del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que la parte Oferente ofrece la cantidad de Bs.39.043,96. Asimismo, se evidencia que la parte Oferida ciudadano JOEL NIEVES, cédula de identidad NºV-6.298.780, debidamente asistido de abogado, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES TREINTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y TRES CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.39.043,96), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional, es decir, garantía artículo 142 LOTTT, intereses sobre prestaciones sociales, bono vacacional fraccionado, vacaciones y utilidades. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requisitos previstos en el 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, con el objeto de otorgarle la eficacia .....