En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos RAMON ALFREDO LOPEZ MARTINEZ y VIRLY DEL CARMEN TORRES CURVELOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad números V-9.095.397 y V-6.559.941, respectivamente, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el 16 de febrero de 2001, expedida por el Registro Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda.