Con fundamento en las consideraciones explanadas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO interpusieron la sociedad mercantil C.A. METRO DE CARACAS contra la KIOSKO MARANATHA, S.R.L. En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: A desalojar y entregar a la parte actora el siguiente bien inmueble: Kiosco identificado con la letra “G”, con un área de diecinueve metros cuadrados con sesenta y cuatro decímetros (19,64 M2), ubicado en el Boulevar de Caricuao, Municipio Libertador, Distrito Capital.
SEGUNDO: Pagar a la parte actora la cantidad de dos mil seiscientos cuarenta y ocho bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. 2.648,69), por concepto de cánones de arrendamiento insolutos, comprendidos desde el mes de marzo de 2007 hasta el mes de mayo de 2008. Igualmente se le condena a pagar la cantid.....