ESTA SALA 6 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 21 de enero de 2014, por el ciudadano LUÍS MARTÍNEZ, Defensor Auxiliar Público Nonagésimo Sexto Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensor de los ciudadanos ANTHONNY JOSÉ GUILLEN ALCALÁ, ANTHONY INDER ROJAS ARROYO y JAVIER FRANCISCO ANDERSON PEREA, titulares de las cédulas de identidad números V-22.447.159, V-17.642.948 y V-18.245.273, en ese orden, con fundamento en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión del 14 de enero de 2014, emitida por el Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión a la celebración de la audiencia para la presentación del aprehendido, medi.....