Por todos los razonamientos anteriores, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Interdicción provisional del ciudadano MANUEL JOSÉ ADRIAN RODRÍGUEZ, planteada por la ciudadana HILARIA DE JESUS RODRÍGUEZ DE ADRIAN, ambos identificados en actas; y en consecuencia, se DECRETA la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano MANUEL JOSÉ ADRIAN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad No. V-15.587.480.
SEGUNDO: Se DESIGNA como TUTORA INTERINA a la ciudadana HILARIA DE JESUS RODRÍGUEZ DE ADRIAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad No. V-1.389.748, en su condición de Madre del ciudadano MANUEL JOSÉ ADRIAN ROD.....