/*En el día de hoy, 22/01/2013, se publicó Resolución mediante la cual se declaró CON LUGAR la demanda que por REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN ha intentado la ciudadana NEYDA JOSEFINA RAMIREZ REYES, en su carácter de progenitora de los niños (SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 LOPNNA), contra el ciudadano, LUIS ALBERTO GÓMEZ VILLASMIL, a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional, establece como quantum de manutención mensual, a cancelar por el progenitor, la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/100 cts. (Bs. 1.500,00), equivalente al 73,25 por ciento del Salario Mínimo, tomando como referencia el Salario Mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional en decreto 8.920, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, asi como dos cuotas extraordinarias en los meses de agosto y diciembre.-