Por las razones antes expuestas, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por el artículo 185-a del Código Civil, presentada por los ciudadanos INGRID COROMOTO POLEO VALDERRAMA Y CARLOS ARMANDO BLANCO FREITES, venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad No. V-5.519.769 y 5.074.798, respectivamente; en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído el día 16 de julio de 1982, ante la Primera Autoridad Civil del 23 de Enero.
Se declara disuelta la comunidad conyugal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de C.....