En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL CONVENIMIENTO REALIZADO por los ciudadanos: JAIME RODRÍGUEZ MARTÍN debidamente asistido por el Abogado JESÚS RAFAEL MUÑOZ MATUTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.124, y el ciudadano ANTONIO FERREIRO ROMERO, parte demandada debidamente asistido por el abogado IBRAHIN JOSÉ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.13.835, ampliamente identificados en autos, en los mismos términos en el expuestos cursante a los folios 282 al 284 de la Pieza número 2, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el tantas veces mencionado convenimiento.-