Se dictó decisión mediante la cual se Homologó, el Convenio de Acreedores presentado en fecha 22 de febrero de 2016, celebrado entre la Sociedad Mercantil CANAL POINT RESORT, C.A., a través de sus apoderadas judiciales, y los ciudadanos RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ, PEDRO DOLANYI RAJKAY, NÉSTOR CASTRO GODOY y NELXANDRO ROMÁN SÁNCHEZ, en los mismos términos por ellos expuestos. Ver dispositivo del fallo.