este Tribunal de Protección del niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal XII, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Colocación Familiar solicitada, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECRETA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL, del adolescente XXX, en el hogar de su tío materno ciudadano VICENTE HUMBERTO NAVARRO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-3.819.970. Igualmente y de conformidad con lo establecido en los artículos 394, 395 y 396 ejusdem, se otorga al ciudadano VICENTE HUMBERTO NAVARRO GUERRERO, identificado precedentemente, la custodia del adolescente XXX, en los términos establecidos en los artículos 358 y 359 ejusdem, así como la representación y administración de sus bienes, de c.....