IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional ADMITE la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por los abogados William González y Enzo Piscitelli, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 52.600 y 33.667, respectivamente, Procuradores de Trabajadores en el Estado Vargas, y actuando con el carácter de co-apoderados judiciales del ciudadano Cesar Armando Rada Reyes, titular de la cédula de identidad Nº 18.323.513, contra la "UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL MARITIMA DEL CARIBE", por la negativa a dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 139/09, del veintinueve (29) de mayo de dos mil nueve (2009), dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Estado Vargas, que declaro Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos interpuesta por el ciudadana Cesar Armando .....