Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por BELKIS DEL CARMEN GAMEZ TORRES contra MARIONE BRICEÑO y REISNER PACHECO RENGIFO; en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada a entregar a la actora, desocupado, el inmueble constituido por el apartamento 14-03, ubicado en el piso 14 del las Residencias Boyacá, Urbanización Simón Bolívar, Los Teques, Estado Miranda.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar al actor la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bf. 4.250,00) por concepto de daños y perjuicios, por el uso del inmueble desde Diciembre de 2006 hasta Diciembre de 2007 a razón de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 350,00) por cada mes; y a pagar la suma de TRESCIENTOS CI.....