Despacho Judicial a cargo del Juez Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procede en forma SUMARIA, de conformidad con lo establecido en el literal "I" Parágrafo segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 156 ejusdem, declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la niña (SE OMITE SU IDENTIDAD), de tres (3) años de edad, en el sentido de que donde se identificó al progenitor señalando: "(...) que es su hija y de la ciudadana YULEINIS RICARDO AVILA, de nacionalidad Cubana, titular del Carné de Identidad N° 86010521153 (...)" debe decir "(...)que es su hija y de la ciu.....