Asimismo, una vez leído el contenido del escrito de solicitud, se desprende que la solicitante requiere la notificación del ciudadano David Reinaldo Aparicio, titular de la cédula de identidad N° 10.867.070, para participarle entre otras cosas, que el contrato de arrendamiento suscrito venció el día 1°/09/2009, que podría hacer uso de la prorroga legal, y como quiera que el fin de la presente notificación era notificar al ciudadano antes mencionado, del vencimiento de la relación arrendaticia, es por lo que este Juzgado visto que en la referida fecha este Tribunal se encontraba cerrado por el receso judicial, es forzoso concluir que el fin perseguido por el solicitante no pudo ser cumplido, resultado inevitable declarar INADMISIBLE la presente solicitud por cuanto la practica de la misma es inoficioso. Y así se decide.-