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Decisiones del dia 24/09/2012 |
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N° Expediente :
AP21-L-2012-003578
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/09/2012 |
Procedimiento: Calificación De Despido Y Pago De Salarios Caídos |
Partes: YOISE JOSEFINA BORGUES PADRINO VS OFIMANIA. |
Resumen:
Ahora bien, las anteriores consideraciones permiten afirmar que para el momento del despido, la ciudadana YOISE JOSEFINA BORGUES PADRINO, ampliamente identificada en los autos, se encontraba presuntamente amparado por la inamovilidad laboral prevista en el precitado Decreto Presidencial N° 8.732, del 24 de diciembre de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.828 de fecha 26 de diciembre de 2011, y en aplicación del principio de la conservación de la condición laboral más favorables, en la interpretación o aplicación de varias normas, en razón de lo cual debe esta Juzgador declarar que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer la solicitud planteada, por cuanto su conocimiento corresponde a la Administración Pública por órgano de la Inspectoría del Trabajo respectiva. Así se establece.
En consecuencia, y por cuanto la jurisdicción es un presupuesto procesal de orden público que debe ser declarado de oficio en cualquier estad.....
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Juez/Ponente:
Orlando Magallanes
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Organo:
Juzgado Vigésimo Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AH16-F-2008-000121
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/09/2012 |
Procedimiento: Divorcio Contencioso |
Partes: ANA GEMA DÍAZ MELIAN CONTRA EVERT ALBERTO PANTOJA MONRROY |
Resumen:
Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
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Juez/Ponente:
Luis Leon
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Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP21-L-2012-001308
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/09/2012 |
Procedimiento: Cobro De Diferencias De Clausulas Contractuales |
Partes: MARIA ALEJANDRA QUINTERO CONTRA BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A |
Resumen:
este Juzgado una vez constatado el cumplimiento de los extremos de Ley, y habiendo evidenciado el pago efectuado de manera conforme; siendo que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de Trabajadores y Trabajadoras, por cuanto han sido discutidos, versa en escrito y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y los derechos en ella comprendidos, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Finalmente no teniendo ninguna actuación procesal que realizar con ocasión al presente procedimiento da por terminado el mismo; asimismo se acuerda la expedición de dos (2) copias certificadas solicitadas de la transacción y de la presente homologación, una vez consignados los fotostatos respectivos. Se les advierte a las partes que el presente asunto se archivara una vez vencidos los lapsos para el ejercicio de los.....
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Juez/Ponente:
Carolina Chakian
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Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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