Observa esta Juzgadora, una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, que en el contrato de arrendamiento debidamente notariado por ante la Notaría Pública Quinta del Municipio Sucre del Estado Miranda, dejándolo inserto bajo el Nº 27, Tomo 31, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, que fuera suscrito entre la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA YEREVAN S.A., constituida y domiciliada en la ciudad de Caracas, según asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de septiembre de 1987, bajo el Nº 6, Tomo 87-A-Pro, representada para ese acto por su Presidente ciudadano ZAREH ZARIKIAN SAHAGIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.939.634, por una parte y por la otra, el ciudadano LORENZO MARIO PAOLINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.464.293; se desprende de la Clausula de Arbitraje, denominad.....