Se Homologó el acta que antecede a la presente resolución, de fecha veintidos (22) de noviembre de 2011, mediante la cual se dejó constancia de la realización de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio de Divorcio, asimismo de la comparecencia de ambas partes, ciudadanos: MARIA GABRIELA VARELA DE HERNANDEZ y MIGUELANGEL HERNANDEZ GONZALEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-13.172.806 y V-12.717.034, respectivamente, quienes median todo lo relativo a las Instituciones Familiares, en lo que respecta a la Custodia acuerdan que la misma la ejercerá la madre, y en lo relativo Régimen de Convivencia familiar, acuerdan un R´gimen Provisional, mediante un único encuentro por antes las instalaciones del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial, con la presencia de las partes, la niña SE OMITE LA IDENTIFICACION, y la familia del progenitor, a las 10:00 a.m. del día 25 de noviembre de 2011.