Se dictó sentencia mediante la cual se Declaró Con Lugar la solicitud de Interdicción, presentada por las ciudadanas Nadia Salazar de Occupati y Vicenzina Salazar Levane, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V.-2.942.182 y V.-1.747.809, en su carácter de hermanas de la ciudadana Franca Mary Salazar Levane venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-6.099.221. Asimismo, se Decretó la Interdicción Definitiva de la ciudadana Franca Mary Salazar Levane, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-6.099.221, y se designó como Tutora Definitiva a la ciudadana Nadia Salazar de Occupati Levane, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-2.942.182, en su carácter de hermana de la entredicha. Ver dispositivo del fallo.