-III-
DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara el ciudadano ANDRE ANSELME REOL, contra la sociedad mercantil INVERSIONES IRUNE, C.A., ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble ubicado en la Avenida Principal de las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda, constituido por una parcela de terreno y el Edificio que sobre ella está construido, denominado "IRUNE", supra identificado.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese y déjese .....