Se dicto sentencia interlocutoria mediante el cual este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano BELTRÁN ENRIQUE DÍAZ LÓPEZ, antes identificado. En consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpusieron las ciudadanas ZIZELDA MARÍA SILVA DE ALESSI, GINELDA SILVA MARQUÉS y MARILYN SILVA MARQUÉS contra el ciudadano BELTRÁN ENRIQUE DÍAZ LÓPEZ, antes identificados. En consecuencia, se condena al demandado a cumplir con lo siguiente:
PRIMERO: A realizar la entrega material a la parte actora del local comercial identificado con la letra "C", ubicado en la planta baja del edificio CRISTAL, situado en la avenida Abraham Lincoln, boulevard de Sabana Grande, cruce con calle Pascual Navarro, urbanización Sabana G.....