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Decisiones del dia 27/05/2011 |
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N° Expediente :
AP21-L-2009-004423
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/05/2011 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: RAFAEL ENRIQUE PAEZ HERMOSO EN CONTRA DE LA EMPRESA, ADMINISTRADORA S.A C.A (CLINICAS RESCARVEN) |
Resumen:
En el día de hoy veintisiete (27 ) Mayo de dos mil 2011, comparece por ante la Secretaría de este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DELTRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, la Dra. MARIA ISABEL SOTO, quien expone: Vista la designación recibida en mi persona como Juez Provisorio de éste Tribunal, declaro expresamente inhibirme de conocer el presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 5tª° del Articulo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual expresa textualmente: "Por haber, el inhibido o el recusado, manifestado su opinión sobre lo principal del pleito." Toda vez que cursa por ante el Tribunal a mi cargo, un expediente signado con el AP21- L- 2009 ¿ 004423, procedente del Juzgado Primero (01) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano, RAFAEL ENRIQUE PAEZ HERMOSO en contra de la empresa, ADMINISTRADORA S.A C.A (CLINICAS RES.....
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Juez/Ponente:
Maria Isabel Soto
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Organo:
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2011-001113
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/05/2011 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: PARTE ACTORA: RAFAEL JESUS RODRIGUEZ VALDIVIESO. PARTE DEMANDADA: LED MEDIA, C.A. |
Resumen:
Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 108, 125, 174, 219, 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que una vez conste en autos el pago del monto acordado se dará por terminado el presente asunto, ordenando el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Igualmente las partes solicitan copias certificadas del presente acuerdo, por lo que se expiden dos (2) juegos de copias certificadas, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Términ.....
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Juez/Ponente:
Sady Astrid Cardona Moreno
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Organo:
Tribunal Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
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N° Expediente :
AP21-L-2011-001813
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/05/2011 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: VICTOR RAFAEL TEPPA DELFINO VS. GRUPO SMS, C.A. |
Resumen:
Luego de conversar y evaluar las posiciones, la parte demandada ofrece pagar la suma de Bolívares Treinta Mil exactos el día jueves 30 de junio de 2011, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo. La parte actora acepta la oferta y la fecha de pago presentada el día de hoy, en el presente acto, por cuanto se encuentran satisfechas las pretensiones surgidas por la relación de trabajo que existió. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES
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Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
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Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2010-004070
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/05/2011 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: LISBETH LEAL VS. PROYECTOS E INVERSIONES SOFTECH, S.A. |
Resumen:
Analizada la estimación de los honorarios profesionales y el trabajo a realizar, se evidencia que la cantidad de horas hombre a utilizar en la realización de la experticia complementaria encomendada es de cuatro (4) horas, lo cual se ajusta a la poca complejidad de la experticia complementaria, por cuanto solo requiriere el cálculo de la indexación de la prestación de antigüedad, de los otros conceptos laborales y de los intereses de mora generados.
En consecuencia, la cantidad de cuatro (04) horas a emplearse en la realización de la experticia, multiplicadas por la cantidad de Bs. 608,00, que es el valor de la hora según el citado Instrumento referencial de Honorarios mínimos
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Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
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Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2009-5680
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/05/2011 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: JOSÉ ALBARRÁN SÁNCHEZ VS. SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A. |
Resumen:
por la búsqueda de información, lectura y análisis de la sentencia y demás información para la realización de la experticia complementaria, estimadas en 2,5 horas, no se generan honorarios profesionales, al ser actividades que no son propias del proceso judicial (realización de cálculos, tablas, informe y su consignación), sino referidas al conocimiento del trabajo que se debe realizar como auxiliar de justicia.
De acuerdo a lo anterior se fijan los honorarios profesionales del ciudadano Ramón Márquez Guerrero, con el carácter de experto contable, en la suma de Bolívares Tres Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro sin céntimos (Bs. 3.344,00), por 5,5 horas de trabajo invertidas en la realización de la experticia complementaria del fallo, según El Instrumento Referencial de honorarios mínimos, aprobado y por la Sociedad Venezolana de Contadores Públicos
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Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
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Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2011-001636
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/05/2011 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes:
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Resumen:
En este estado este Juzgado Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en virtud del presente acuerdo y pago transaccional realizado por la parte demandada, y por cuanto los términos del mismo no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y el 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Así mismo se deja constancia que se hizo entrega a las partes de los medios probatorios consignados en la oportunidad legal correspondientes; en consecuencia, se ordena el cierre informático y archivo del expediente.
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Juez/Ponente:
Jhacnini Torres
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Organo:
Juzgado Décimo Noveno De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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