Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, que por resoluciòn de contrato y daños y perjuicios incoara la ciudadana MAGALY ANELBA GUERRERO DE QUINTANA contra los ciudadanos JONNATHAN RODRIGUEZ MONTENEGRO y NATHALIE GOMEZ DIAZ, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento, celebrado en fecha 22 de Septiembre de 2010, autenticado en esa fecha por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el No 03, Tomo 135 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, entre los ciudadanos MAGALY ANELBA GUERRERO DE QUINTANA y JONNATHAN RODRIGUEZ MONTENEGRO y NATHALIE GOMEZ DIAZ, y que tuvo por objeto un inmueble constituido por el apartamento No 2, ubicado en la Planta Baja del Edificio Ávila, si.....