Vista el anterior procedimiento de EJECUCION DE HIPOTECA y los recaudos que la acompañan, presentada por la Abogada MARIA FRANCISCA VARGAS PURICA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro 6.837.393, abogada en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 82.005, quien actúa como apoderada judicial del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, debidamente inscrita ante el Registro de Comercio llevado el Juzgado de Primera Instancia en lo mercantil del Distrito Capital, en fecha 15 de enero de 1938, bajo el Nro 74, Tomo 08 A-Cto, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley