Primero: Si la ciudadana SORANGEL SOLEDAD URBINA, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.300.708, ha pagado en su totalidad el crédito hipotecario signado con el No. 031-561800-1, otorgado a la ciudadana identificada anteriormente, con recursos provenientes del FAOV, ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del estado Miranda, en fecha 19 de julio de 2000, quedando anotado bajo el No. 13, Tomo III, Protocolo Primero del Tercer Trimestre de 2000.
Segundo: Si fue emitida por esta entidad bancaria el finiquito de pago, de fecha 22 de febrero de 2012, el cual acompañó la demandada, mediante diligencia, de fecha 15 de mayo de 2013 y que corre al folio 70 del expediente.
Se le concede un lapso de 5 días de despacho, a contar de la fecha en que conste en autos, el recibo del oficio, que en tal sentido se ordena librar, a fin de que sea remitida la información requerida, anexándole copia simple de dicha constancia.