Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA la TRANSACCIÓN celebrada en el presente juicio por DESALOJO DE INMUEBLE (VIVIENDA), incoado por la ciudadana MYRIAM CAMACHO OTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.559.954, asistida por el ciudadano ÓSCAR DAMASO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito ante el Inpreabogado bajo el Nro. 170.206, en su condición de Defensor Público Provisorio Segundo (2°) en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda, parte actora en este proceso, contra el ciudadano BONIFACE IKECHUKWU OKEKE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.....