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Decisiones del dia 28/11/2014 |
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N° Expediente :
AP31-V-2009-002046
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/11/2014 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: CIUDADANO JOSÉ VÁSQUEZ PÉREZ CONTRA LA CIUDADANA MARÍA AUXILIADORA RODRÍGUEZ CACERES |
Resumen:
Por otra parte, de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa, que si bien es cierto, la Tercería interpuesta en el caso de marras, obedece al modo de intervención voluntaria, y fue presentada efectivamente como demanda independiente de Tercería, sin embargo de una revisión a los documentos consignados se desprende que la ciudadana Soreily Zaire D Peluzzo por intermedio de sus apoderados consigna como prueba un nuevo documento privado suscrito entre la ciudadana MARÍA AUXILIADORA RODRÍGUEZ DE CÁCERES y la Ciudadana SOREILY ZAIRE D PELUZZO, antes identificadas, el cual no es parte en el juicio ni tiene efecto ante terceros, por lo que en consecuencia, considera éste Juzgado, que lo procedente y ajustado a derecho es declarar INADMISIBLE la tercería, toda vez que su admisión ocasionaría una contravención expresa al precitado artículo.
En consecuencia, tomando en consideración lo antes expuesto, es por lo que éste Juzgado Vigésim.....
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Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
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Organo:
Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente :
AC71-R-2011-000497
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/11/2014 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: HILOS ESTHER 1, C.A CONTRA CORPORACIÓN PEFKI, C.A |
Resumen:
IV
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y derecho que han quedado expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: HA LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Santiago Rodríguez en su carácter de apoderado judicial de CORPORACIÓN PEFKI, C.A. en fecha 7 de julio de 2011 contra la sentencia de fecha 19 de mayo de 2011, proferida por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda revocada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de Tercería interpuesta en fecha 27 de julio de 2010, por los abogados Martín Antonio Manzanilla y Ana Lucía Cabezas, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mer.....
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Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP11-V-2013-000117
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N° Sentencia :
PJ0062014000383
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Fecha: 28/11/2014 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: BLANCO RODRIGUEZ MERCEDES VS. AGRESOTH BERRIO JOSE DALMIRO.- |
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
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Juez/Ponente:
Luis Leon
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Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AH16-V-2008-000165
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N° Sentencia :
PJ0062014000380
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Fecha: 28/11/2014 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: BANPLUS BANCO COMERCIAL VS. SEAHATCH DE VENEZUELA COMPAÑÍA ANONIMA.- |
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
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Juez/Ponente:
Luis Leon
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Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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