DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada SARAI ESCALONA MENDEZ, Defensora Pública Penal (57°) del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos JEFFERSON JAVIER YANEZ ROSALES y ROBERT EDUARDO HUIZI DIAZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de Diciembre de 2011, por la Jueza Trigésima Octava (38°) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los mencionados imputados de autos, de conformidad a lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 251 numerales 2 y 3, y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesa.....