Por las razones expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara Con Lugar el recurso contencioso de nulidad interpuesto por el abogado AZMY ABDULHADI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.1.877.285, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.5.263, procediendo en su carácter de Director de la Sociedad Mercantil INVERSIONES GEMA S. R. L., inscrito en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital, en fecha 2 de agosto de 1983, bajo el N°.67, Tomo 97-A, propietaria del inmueble identificado como Edificio "GEMA", ubicado en la Segunda Calle Las Luces, Urbanización El Cementerio, Parroquia Santa Rosalía, en contra de la Resolución No.005662, de fecha 28 de septiembre de 2002, emanada de la Dirección de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura, mediante la cual se fijó canon de arrendamiento máximo mensual para vivienda y comercio, al inmueble identificado.-
SEGUNDO: A.....