Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas y en concordancia con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción dándole efectos de cosa juzgada, presentada en la presente Oferta Real de Pagos que hiciere la empresa FUENTE DE SODA, BAR Y RESTAURANT LA SALAMANDRA, S.R.L., a favor del ciudadano JOSÉ MARIO CRUZ, ambas partes identificadas en autos, en los términos expuestos por ellas. Igualmente, se acuerdan las copias certificadas solicitadas en el escrito de transacción. Finalmente, visto que se ha cumplido con el pago íntegro del acuerdo se da po.....