DECLARA CON LUGAR, la demanda de divorcio fundada en la causal segunda (2da) del artículo 185-A, es decir, el abandono voluntario, presentada por la ciudadana ARNELIS ISIDRA GONZÁLEZ IBARRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.968.988, en contra del ciudadano JAMES MORRIS LEÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.721.756. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal que existió entre los ciudadanos ARNELIS ISIDRA GONZÁLEZ IBARRA y JAMES MORRIS LEÓN, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 20/09/1995, según acta número 68. Igualmente, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la incidencia de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana ARNELIS ISIDRA GONZÁLEZ IBARRA, en contra del ciudadano JAMES MORRIS LEÓN, plenamente identificados, en beneficio del adolescente (x) de trece.....