Se dictó Sentencia Interlocutoria mediante la cual se declaró: incompetente por el territorio para conocer de la pretensión de divorcio incoada por los ciudadanos Elvira del Carmen Tavarez de Guerra y Pedro Jesús Guerra, antes identificados y declina su conocimiento en el Juzgado de Municipio de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; ordenando la remisión del expediente una vez vencido el lapso legal.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.