enlazado con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la oferta real de pago incoada por CORPORACION SOLOPLASTICO, C.A., parte oferente, a favor del ciudadano JESUS RAFAEL VELASQUEZ MORGADO, titular de la cedula de identidad V- 18.276.786, en su carácter de parte oferida. Y una vez vencido el lapso de ley para la interposición de los recursos correspondientes, se dará por terminado el presente asunto. Así se decide. Cúmplase, publíquese y déjese copia de la presente decisión. Años 209° y 160°.-
Nota: Se deja constancia que la presente actuación se levantó de forma manual por cuanto el día de hoy no se cuenta con el SISTEMA JURIS 2000, debido a fallas eléctricas presentada en los servidores. Una vez restablecido el mismo, se incorporara la respectiva actuación en el Sistema.-
La Jueza
Abg. Mirianky Zerpa Francia
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