Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo (10º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos CELESTINO MONCADA ROSALES y LUZ AMPARO OSPINA, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 14 de septiembre de 1988, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta quedó inserta bajo el Nº 196, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1988. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión, junto al auto de ejecución que a tal efecto se dicte, dirigido a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al .....