Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano MÉNDEZ CADET BRAULIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 17.664.920, contra la entidad de trabajo ATLÉTICO VENEZUELA CLUB DE FÚTBOL, Asociación Civil, inscrita en el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, del día 23 de Julio de 2009, bajo el N° 28, Tomo 105, Folio 124, Registro de Información Fiscal (R.I.F. N° J-297933930. y a los CODEMANDADOS EN FORMA SOLIDARIA: SALAZAR GÓMEZ LUISA EMILIA, venezolana, de este domicilio, civilmente hábil, mayor de edad, titular de la cé.....