DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO. de la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges ciudadanos GLORIA DEL VALLE FIGUEROA OBANDO Y JESÚS ANIBAL LOVERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-4.051.302 y V-2.232.662, respectivamente decretada el 02 de agosto de 2017, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 03 de agosto de 1994, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y.....