En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda que ha presentado la empresa Representaciones RIVPED Import, s.r.l. contra el ciudadano Matteo Picciuto, ambas partes arriba identificadas. En consecuencia adopta las siguientes resoluciones:
• Declara terminado o resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 01 de enero de 2011, por razón de su incumplimiento por el demandado al no pagar los alquileres de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011, y los de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre del 2012, a razón de Bs.710 mensual, que suman Bs.8.520, oo.
• Como consecuencia de esa terminación, condena a la parte demandada que proceda a desalojar y entregar a la parte actora el inmueble alquilado, que es: un local comercial ubicado en Concordia a Porvenir, Edificio El Porvenir, Sótanos "B" y "C", Parroquia Altagracia, Distrito Ca.....