En virtud de las anteriores consideraciones este JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inserción solicitada, y en consecuencia SE ORDENA a la Primera Autoridad Civil DEL Municipio Baruta del Estado Miranda, insertar el acta de defunción del ciudadano GENTILE MARCONATO FAVERO, quien era de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº v-6.815.573, de estado civil casado con la señora OLGA MAGGION DE MARCONATO, de nacionalidad italiana, identificada con cédula de identidad Nº E-274.346, y deja tres (3) hijos de nombre GIANNINO MARCONATO MAGGION, NORMA RINA MARCONATO MAGGION y CLAUDIA JOSEFINA MARCONATO MAGGION, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédula de identidad Nº v-6.818.069, v-4.067.258 y 5.305.750, respectivamente. En consecuencia, ordena remitir copia certificada de la.....