Visto el escrito de Separación de Cuerpos y Bienes, presentado por los ciudadanos MIGUEL ANGEL MARTINEZ RODRIGUEZ y DAISY JASMIN BORRERO, titulares de las cédula de identidad números V-6.113.719 y V-10.863.391, respectivamente, asistidos por la abogada ZAHIR ISTURIZ, inscrita en el inpreabogado bajo el número 76.132; esta Juez Unipersonal 12, la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, y por cuanto se exhortó a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse ésta, esta Sala de Juicio DECRETA dicha SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.