Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS incoara la ASOCIACIÓN COOPERATIVA INTERNACIONAL VALLES DEL TUY R.L., inscrita ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas bajo el N° ACT-232, según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 34.864, de fecha 17 de diciembre de 1991, contra la Sociedad Mercantil EQUIPOS COSTA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 18 de mayo de 1976, bajo el N° 47, Tomo 59-A; cuyos estatutos sociales fueron modificados el día 05 de junio de 1992, bajo el N° 20, Tomo 104-A.-
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 de.....