VII
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada BANCO GANADERO, S.A. y BANCO DE CREDITO DE COLOMBIA, S.A., en consecuencia CON LUGAR la demanda incoada por KACHINA REPRESENTACIONES, C.A., contra BANCO GANADERO, S.A. y solidariamente BANCO DE CREDITO DE COLOMBIA, S.A., se modifica la sentencia con las motivaciones expuestas en el presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a pagar solidariamente el equivalente en Bolívares los siguientes conceptos:
La suma de Novecientos Cuarenta y Tres Mil Doscientos Noventa y Ocho Dólares de los Estados Unidos de América, (U.$. 943.298,00) que representa el valor de la factura número 030450, de fecha 20 de noviembre de 1994, que a la tasa de cuatro bolívares con treinta céntimos (Bs.4,30.....